Resumen:
En este trabajo analizo cómo los tribunales arbitrales del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) han aplicado el estándar de trato justo y equitativo de los tratados bilaterales de inversión (TBI) en aquellos casos relativos a medidas adoptadas por el Estado argentino a partir de la emergencia pública declarada mediante la ley 25561. El análisis no comprende otras cuestiones consideradas en esas decisiones, ni se extiende a aquellos laudos que, aunque dictados con posterioridad a esa crisis, se fundaron en hechos anteriores. Una de las proposiciones centrales de este trabajo es que el estándar de trato justo y equitativo no excluye la posibilidad de que se realicen modificaciones –aun significativas– a la normativa aplicable a la inversión, siempre que esas variaciones sean razonables de acuerdo a las circunstancias del caso. La hipótesis propuesta es que estos laudos no consideran debidamente ese punto y prescinden de un análisis adecuado de la razonabilidad de la actividad estatal. En consecuencia, los fundamentos de esas decisiones serían, al menos en este aspecto, insuficientes.
Descripción:
El maestrando pertenece a la Maestría en Derecho. La tesis fue evaluada el día 10/12/2013 por el tribunal integrado por Martins Ariel, Andrea Gualde, Lucas Barreiro. La calificación obtenida fue 8 (ocho). El número de acta es 182750.