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dc.contributor.author | Minow, Martha | |
dc.contributor.author | Beloff, Mary (Traducción) | |
dc.date.accessioned | 2009-06-05T23:21:45Z | |
dc.date.available | 2009-06-05T23:21:45Z | |
dc.date.issued | 2000-08 | |
dc.identifier.citation | Revista Jurídica de la Universidad de Palermo Año 5, Nº 1 | en |
dc.identifier.uri | http://hdl.handle.net/10226/327 | |
dc.description.abstract | Cuando se trata de las relaciones entre derecho y cambio social no puedo decir quién está equivocado. En este tema se encuentran variaciones sobre dos posiciones básicas. Algunas personas piensan que el derecho se queda a trás de los cambios de la sociedad y gradualmente los alcanza. Un ejemplo sería el cambio de las leyes de divorcio que exigían probar que un esposo era culpable por la ruptura del matrimonio, a lo que es denominado comúnmente "divorcio sin culpa", disponible cuando cualquiera de las partes sólo lo desea. Dados los miles de personas que prefabricaron prueba bajo el sistema de la culpa, la adopción del divorcio sin culpa podría ser vista básicamente como un reconocimiento de la práctica real. Algunos creen, por el contrario, que el derecho puede ocasionalmente provocar cambios en la sociedad pero sólo ocasionalmente y, a menudo, sin intención de causarlos. | en |
dc.language.iso | es | en |
dc.publisher | Universidad de Palermo | en |
dc.subject | Cambio social | en |
dc.subject | Posiciones | en |
dc.subject | Derecho | en |
dc.title | Derecho y cambio social | en |
dc.type | Article | en |