Resumen:
Este escrito es uno de los primeros productos de una investigación de más largo aliento, referida a la filosofía del castigo. La investigación recién está en sus comienzos, por lo cual aquí van a encontrarse muchos comentarios y observaciones necesitados de mayor
precisión y refinamiento. Se trata, por tanto, de unas primeras notas orientadas a seleccionar áreas de problemas más específicos, a testear intuiciones, y a explorar respuestas posibles frente a los problemas escogidos. La investigación está pensada desde un marco teórico definido por la filosofía política republicana y la concepción deliberativa de la democracia.
Del pensamiento republicano, sus fundamentos, principios y posibles implicaciones institucionales, me he ocupado en otros trabajos.2 Aquí, de la tríada básica de valores normalmente asociados con dicha filosofía –libertad, igualdad, fraternidad- me ocupo fundamentalmente de dos compromisos valorativos íntimamente ligados con aquella tríada: el compromiso con el autogobierno colectivo, y el que resalta la importancia de los vínculos
sociales y la vida en comunidad.
La conexión entre republicanismo, “voluntad general,” y democracia deliberativa ha
sido explorada recientemente por una diversidad de cientistas políticos. Notablemente, algunos de ellos han escogido dicho enfoque para pensar cuestiones básicas sobre los fundamentos de la justicia criminal (de Grieff 2002; Pettit 1997). Este es el mismo camino que transitaremos en las páginas que siguen.