Resumen:
Hart estaba escribiendo acerca del castigo. En su visión, aquellos que se encuentran
desconcertados respecto de la justificación del castigo, deberían empezar por desenmarañar un número de preguntas acerca del proceso penal. Es un error buscar una justificación única (disuasión o retribución) para el sistema como un todo. Más aún, una vez que advertimos que un objetivo aislado no justifica cada aspecto del sistema, no deberíamos reemplazar el objetivo aislado por un objetivo compuesto. No deberíamos, por ejemplo, sostener que la justificación del castigo es una mezcla de disuasión, retribución, reforma y denuncia. Al menos seis preguntas acerca del castigo deben ser respondidas separadamente: (1) ¿Por qué existen ciertos tipos de conductas que son prohibidas legalmente bajo pena de ser castigadas? (2) ¿Cuál es la definición de castigo? (3) ¿Qué objetivos generales justifican que tengamos un sistema de derecho penal? (4) ¿Quiénes pueden ser legítimamente castigados? (5) ¿Sujeto a qué condiciones mentales y otras, una persona puede ser castigada? y (6) ¿Cuánto castigo estamos justificados a infligir? Las
respuestas a las preguntas (4) a (6), que se relacionan con la “distribución” del castigo,
limitan la extensión hasta la cual es correcto perseguir los objetivos generales que emergen en respuesta a (3).
La mención de Hart estaba destinada a ser aplicada a otras instituciones además del
derecho penal, y ciertamente puede ser aplicada al derecho de la responsabilidad
extracontractual.