Resumen:
El sistema interamericano de protección de los derechos humanos parece presentarse como una instancia regional atractiva para la consolidación de estándares democráticos de gobierno. El consenso alcanzado por el Pacto de San José, así como la variedad de órganos y procedimientos —fundamentalmente, la coexistencia de un ámbito de promoción y otro específico de protección— permiten predicar en abstracto la aptitud de este sistema internacional para el fomento de políticas públicas respetuosas de los derechos fundamentales en la región.
El cariz jurídico-político, a su vez, así como la amplitud de su objeto de intervención, dado el gran universo de derechos reconocidos en el Pacto, también sugieren que el sistema interamericano podría resultar una instancia de interacción regional prolífica, incluso frente a otras alternativas más fragmentadas en su objeto, o en su alcance regional, como los acuerdos de integración económica.
No se sigue de lo dicho que el sistema interamericano efectivamente funcione como una instancia internacional de integración exitosa. La existencia de numerosos casos de violaciones a derechos humanos en toda la región, son la primera advertencia manifiesta, acerca de las limitaciones funcionales que frustran sus objetivos. También representa un severo desafio la reticencia de algunos países a aceptar decididamente la sujeción al sistema. Las posiciones de México, Perú o los Estados Unidos de Norteamérica, por caso, son buenos ejemplos de los obstáculos que el sistema interamericano encuentra para su desanollo.
Argentina ha sido desde 1983 uno de los países más preocupados por integrar su ordenamiento al sistema interamericano. En términos comparativos, parece haber prestado más atención que otros al funcionamiento del sistema —a pesar de los magros resultados atribuibles a tal interés— y por eso su experiencia suele contribuir a una reflexión general respecto de las perspectivas del sistema en la región.
Entre los muchos aspectos sugeridos, este trabajo se abocará a un punto bien estrecho: el análisis de la jurisprudencia de la Corte Suprema argentina —CSN—en relación con el sistema interamericano de protección de derechos humanos. La actividad del máximo tribunal juega un papel central en la definición de una política nacional y el examen de sus decisiones puede arrojar alguna luz respecto del tipo de relación que nuestro pais ha ido tejiendo frente al sistema interamericano desde 1983.
Como se verá, nuestro tribunal superior ha perfilado una jurisprudencia poco consistente, cuyas severas oscilaciones merecen una corrección. La CSN ha afirmado con alguna regularidad en sus fallos la relevancia de compatibilizar el ordenamiento y las políticas locales frente a la Convención Americana sobre Derechos Humanos —Convención Americana o CADH— pero sigue siendo una cuestión pendiente la definición coherente de una relación sustantiva con el sistema interamericano.
Al fin, resulta dificil concluir, sobre la base de las decisiones del tribunal, cuál será el criterio frente a casos futuros y esta circunstancia se ve acentuada por los proflindos cambios en su composición ocurridos desde el año 2002. En cualquier caso, la revisión de lo actuado hasta aquí puede contribuir a un mejoramiento de la calidad de una opción institucional definitiva.
Descripción:
El maestrando pertenece a la Maestría en Derecho. La tesis fue evaluada el día 28/07/2004, por el tribunal compuesto por Saba Roberto Pablo, Abramovich Victor y Bottini Gabriel. La calificación obtenida fue 10(diez). El número de acta es 75101.