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dc.contributor.author | ORLANDO, FEDERICO | |
dc.date.accessioned | 2013-08-21T19:16:27Z | |
dc.date.available | 2013-08-21T19:16:27Z | |
dc.date.issued | 2013-08-21T19:16:27Z | |
dc.identifier.uri | http://hdl.handle.net/10226/984 | |
dc.description | El maestrando pertenece a la Maestría en Derecho con orientación en Derecho Constitucional y Derechos Humanos. La tesis fue evaluada en día 12/12/12 por el tribunal integrado por Maria Eva Miljiker, Horacio Corti, Gonzalez Bertomeu Juan. La calificación obtenida fue 10 (Diez). El número de acta es 170326 | es_AR |
dc.description.abstract | El maestrando pertenece a la Maestría en Derecho con orientación en Derecho Constitucional y Derechos Humanos. La tesis fue evaluada en día 12/12/12 por el tribunal integrado por Maria Eva Miljiker, Horacio Corti, Gonzalez Bertomeu Juan. La calificación obtenida fue 10 (Diez). El número de acta es 170326 TITULO: Los vínculos entre los derechos a la propiedad privada y el principio de no confiscatoriedad tributario. Según diré, el modo en que nuestra comunidad jurídica ha construido el principio de no confiscatoriedad tributaria adolece de dos grandes problemas. El primero –titulado “brecha”- es la elaboración dogmática de este principio sobre la base de una relación deficiente con una concepción política de la propiedad privada. El segundo problema –llamado “el muro”- cuestiona la separación entre dos actividades propias del derecho financiero: la recaudatoria y la erogatoria; separación, por su parte, con consecuencias en la construcción del principio de no confiscatoriedad. Con miras a superar estos problemas, propongo entender que la protección constitucional de la propiedad privada encuentra su fundamento en su utilidad para garantizar otros principios constitucionales. En particular, entiendo que esta protección constitucional es valiosa en tanto y en cuanto permite materializar los planes de vida elegidos libremente por los agentes. Así, el principio de no confiscatoriedad debe tener en miras las consecuencias normativas de la protección constitucional de la propiedad privada así entendida, diferenciando los bienes afectados por la detracción impositiva. En conclusión, el análisis jurídico de dicho principio debe incorporar, por un lado, una concepción determinada de la propiedad privada; y, por el otro, un análisis que incorpore no sólo la variable recaudatoria, sino también la erogatoria. | es_AR |
dc.description.sponsorship | MARCELO ALEGRE | es_AR |
dc.language.iso | es | es_AR |
dc.title | Los vínculos entre los derechos a la propiedad privada y el principio de no confiscatoriedad tributario. | es_AR |
dc.type | Book | es_AR |
dc.type | Other | es_AR |